Se verificó entonces, que el delito no excede de 8 años en su límite máximo, los acusado ADMITIO su participación, se presume la buena conducta predelictual y tampoco hay referencias de que el acusado esté sujeto a una suspensión condicional del proceso previa, por lo que están dados los supuestos para la procedencia de la misma.-
En razón de lo cual, este Tribunal SUSPENDE el proceso seguido en contra del imputado JESUS ENRIQUE QUIJADA por un lapso de ocho (08) meses, a partir de la presente fecha, imponiéndosele las siguientes condiciones: 1) la siembra de cien árboles, (cincuenta de árbol denominado Bucare y cincuenta de Laurel), para lo cual se ordena librar oficio dirigido al Ministerio de Ambiente, solicitando su colaboración a lo fines de fiscalizar la siembra de los referido árboles. Con lo anterior, se establecen las condiciones de la Suspensión Condicional del Proceso, estando debidamente notificado el acusado JESUS ENRIQUE QUIJADA que de no c.....