Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA , establecido en el artículo 41 y 42 , encabezamiento y primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar el enjuiciamiento de LUÍS ALEXANDER PATRIZ PALACIOS, de conformidad al artículo 318 ordinal 4° del C.O.P.P.