Se DECRETO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de CARLOS ANDRES GARCIA DURAN titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.945.796 por resultar acreditada la prescripción de la acción penal de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal en concordancia con los Artículos 318 Ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, una vez firme la presente decisión generará los efectos previstos en el artículo 319 eiusdem.