Por todos los razonamientos de hecho y derechos antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo con las siguientes características vehiculo MARCA: YAMAHA, MODELO: D-175, TIPO: PASEO, CLASE MOTOCICLETA, COLOR: AZUL, PLACA: NO PORTA, AÑO: 1998, SERIAL DEL MOTOR: 21X04911K, SERIAL DE CARROCERIA 21X04242, al ciudadano RAMIRO MANUEL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.721.644, PARA SU USO Y DISFRUTE, y en virtud de lo expuesto en la experticia NO PUEDE SER VENDIDO, CANJEADO, SUBASTADO, NO PUEDE SER TRANSFERIDA SU PROPIEDAD EN NINGUNA FORMA, NI HACER TRANSFERENCIA DEL MISMO A TRAVÉS DE DOCUMENTO PODER ALGUNO, pudiendo circular con dicho vehículo por todo el territorio de la República, con la obligación de presentarlo las veces que sea requerido de co.....