En consecuencia este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA LA FLAGRANCIA en cuanto a la aprehensión del imputado JOSE RAFAEL GUEVARA MARQUEZ, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el ultimo aparte del artículo 409 del Código Penal. SEGUNDO: Se impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, lo cual consiste en estar atentos a los llamados del Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en los ordinales 9° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda se sigan las reglas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico procesal penal, a solicitud fiscal. Se acuerdan las copias solicitadas por la Defensa. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, una vez transcurra el lapso legal correspondi.....