Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra del acusado LUIS ROBERTO MOROCOIMA CALDERON, por la presunta comisión del delito de por los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, sancionado en el artículo 5 de la Ley contra el Robo y Hurto de Vehículo Automotor en concordancia con el Artículo 6, ordinales 1°, 2° y 3° de la citada ley, y el Artículo 415 del Código Penal Vigente para el momento en que sucedieron los hechos, en perjuicio del ciudadano Gilberto Antonio Caraballo.-
DE LA MEDIDA PRIVATIVA
Se mantiene la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el acusado LUIS ROBERTO MOROCOIMA CALDERON, en virtud de que el mismo se encuentra detenido por una ORDEN DE APREHENSION decretada por cuanto no era posible su localización, lo que hace presumir el peligro de fuga; se mantiene como sitio de reclusión el Inte.....