Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 313 ordinal 2° y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo Totalmente la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para el acusado LEONEL JONAS ALCALA ROJAS, por la presunta comisión de los delitos de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el 83 y 80 y 277 todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos YOUSEEF SANKARI, JORGE SANKARI, MARWAN SANKARI Y TERESA SANKARI.