Se dicta auto y se ACUERDA: Otorgar al Ministerio Público, LAPSO DE PORROGA DE 90 DÍAS continuos, contados a partir del vencimiento del lapso legal establecido en el artículo 79 de la Ley Especial, para culminar el lapso de investigación, y presentar el acto conclusivo a que hubiere lugar, en el asunto seguido en contra del ciudadano JHONNY JOSE MILANO RIVAS, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Especial, en perjuicio de la victima SILVIA VANESSA ZORRILLA. Todo ello a tenor de lo establecido en el artículo 79 en su encabezamiento, en relación con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.