este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", PRIMERO: Admite parcialmente la acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, y la calificación del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en e le articulo Art. 409 parte in fine del Código Penal , y así como los elementos probatorios contenidos en la misma por ser, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION y las accesorias de ley.-