Por todos los razonamientos de hecho y derechos antes expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo con las siguientes características vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO MALIBU CLASSIC, TIPO SEDAN-, COLOR VINOTINTO, PLACA MDK 47W, AÑO:1983, SERIAL DEL MOTOR: ADV104351 (El cual fue reemplazado por un Motor 262 Chevrolet 6 Cilindros, Serial T0224ACK, SEGÚN FACTURA 02764, DE FECHA 20 DEL Mes de Julio del año 2007, emitida por LOYDA IMPORTS C.A), SERIAL DE CARROCERÍA: D1W69ADV104351, CLASE: AUTOMOVIL USO: PARTICULAR, a la ciudadana SOIRE DEL VALLE RODRIGUEZ ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.951.355, de este domicilio, PARA SU USO Y DISFRUTE, y en virtud de lo expuesto en la experticia NO PUEDE SER VENDIDO, CANJEADO, SUBASTADO, N.....