Se fundamenta el decreto de LA SUSPENSION CONDICIONALDEL PROCESO, por el LAPSO de CINCO (05) MESES, del imputado JESUS JOSE DIAZ MOSQUEDA, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en los articulo 451 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RONALD MAGGIOLO.-