Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal los acusados JHONATAN LEANMIGT MAIZ NAVARRO, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 en relación con el 83, y 277 del Código Penal respectivamente y para ANTONIO JOSE GOMEZ CARRASQUEL, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el artículos 458 en relación con el 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos HECTOR JOSE GARCIA AGUILARTE y HECTOR JOSE GARCIA HERNANDEZ, por llenar los extremos del articulo 326 del código Orgánico Procesal Penal.