Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de WILMER RAFAEL BRITO fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal toda vez que los hechos que dieron origen a la presente investigación se encuentra evidenciados pero no existe suficientes elementos como par atribuir a persona alguna la acción, y tomando en consideración la data del suceso como lo es el 02-10-05 resulta materialmente imposible la incorporación de nuevos datos en la investigación que determine la responsabilidad Penal del imputado ya que no quedaron suficientemente evidenciados y no se practicaron en su oportunidad legal todas las diligencias necesarias par el esclarecimiento de los hechos de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Organico Procesal penal.-. Asi mismo se deja sin efecto el régimen de Presentación im.....