Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: Se admite parcialmente la Acusación presentada por el Abg. MARIONY MARTINEZ en su carácter de Fiscal Quinto Auxiliar del Ministerio Publico contra el imputado JULIO MIGUEL GUERRA MIERE, venezolano, natural de San Miguel, Delta Amacuro, nacido en fecha 02-04-73, mayor de edad, de 33 años, Comerciante, hijo de MERCEDES MIERE (V) y JULIO GUERRA (F), titular de la cédula de identidad N° 11.778.899 y domiciliado en Calle 2 DE Abril, casa S/N, Temblador Estado Monagas , y PEDRO PABLO GUERRA MIERE, venezolano, natural de San Miguel, Delta Amacuro, nacido en fecha 29-06-66, mayor de edad, de 41 años, Obrero, hijo de MERCEDES MIERE (V) y JULIO GUERRA (F), titular de la cédula de identidad N° 11-205.775 y domiciliado en Calle Francisco Olivo.....