Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del estado Monagas, Acuerda el Cambio de Sitio de Detención al Internado Judicial de Oriente, denominado "La Pica", del acusado EDUARDO RAFAEL BRITO VILLASMIL , a los fines de salvaguardar sus derechos, tanto a su integridad física como a su vida, con fundamento en lo preceptuado en el Artículo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Ordenándose librar oficio dirigido a la Policía del Estado Monagas a los fines de procedan a trasladar al aludido imputado al Internado Judicial de Oriente, así como se Oficie al Director de Dicho Internado.