Se DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la defensora Publica; MARISEL RONDON a favor del el Acusado; NEUDYS MARTINEZ, razón por la cual a esos dos (2) años calendario se le adiciona las inasistencias del acusado, su defensor , las huelgas carcelarias y el Ministerio Publico. En los cuales no fue posible la celebración y culminación del presente juicio, como consecuencia se MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA