Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: Primero: Se declara de oficio ABANDONADA la acusación privada presentada por el ciudadano FREDY DI NUNZIO CARRERA, debidamente asistido por los abogados IVAN JOSE IBARRA RODRIGUEZ y SONIA ZARAGOPZA DE GUATARASMA, contra la ciudadana GILDA SOFIA MEDRANO BALADI por la presunta comisión del delito de Difamación, previsto y sancionado en los artículos 442 del Código Penal Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el Tercer aparte de artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal.