Con base a los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO POR RESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida contra el ciudadano OSMER MIGUEL LUGO URBINA titular de la cédula de identidad Nº 12.127.655, Venezolano, Natural de San Félix Estado Bolívar, de 41 años de edad, nacido, en fecha 02-10-1975, y de oficio: Chofer, Estado Civil: Casado: hijo de: Arcadia Urbina de Lugo (v) y Guillermo Lugo (F) domiciliado: Asentamiento campesino Carlos Manuel Piar, calle principal, casa 142, cerca de la Escuela La Batalla de Chirica, San Félix Estado Bolívar Teléfono: 0286-7411460, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 1.....