Por las consideraciones antes señaladas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Primero: Decreta la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de la causa a Manuel Albornoz Siso, venezolano, natural Perú del Callao, Estado Bolívar, Titular de la cédula de Identidad N° 11.209.271, de mayor de edad, domiciliado Carrera 8 Sector III, casa S7N, Alto Paramaconi Maturín Estado Monagas, por el delito de Hurto Agravado en Grado de Frustración, tipificado en el artículo 454 ordinal 8° en concordancia con el artículo 80 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano José Gregorio Guaimare; todo de conformidad con el artículo 110 del Código Penal, en concordancia con los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la libert.....