En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, declara: Primero: CONDENA al ciudadano GUSTAVO EDUARDO MARQUEZ LUNA, Venezolano, de 24 años de edad, soltero, con Cuarto año de bachillerato, nacido en fecha 16/12/1984, Natural de Maturín, Estado Monagas, hijo de ELENA LUNA (V) y de GUSTAVO MARQUEZ (V), de ocupación u oficio Comerciante, Cédula de Identidad N° V- 17.405.608, domiciliado en Sector I, Alto Guri, calle 26 de Mayo, Casa N° 29, por la cancha, Maturín Estado Monagas, teléfonos 0416-4297868 (Vecino), a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Esta.....