En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONDENA al acusado ALBERTO JOSE GARCIA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V-13336032, de Nacionalidad Venezolano, Natural de san Félix estado Bolívar, nacido en fecha 16-02-1976, mayor de edad, de 34 años, hijo de Gisela Medina (V) y de Alberto Blanco (V), de ocupación u oficio Mecánico, de Estado Civil Soltero, domiciliado en; La Puente, calle 12, N° 12, cerca de la escuela Apolinar Cantor Maturín Estado Monagas, teléfono: 0424-9487592; a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISIÓN más las penas accesorias de ley prevista y sancionadas en el artículo 16 del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código penal Vigente, en perjuicio .....