Mediante decisión se declara IMPROCEDENTE la solicitud interpuesta por el Defensor Privado ANTHONY JOHN ALFONZO MORALES en su carácter de defensor de los acusados HECTOR LUIS APARICIO DIAZ y ELVIS ABRAHAM SANCHEZ DIAZ, ya que al iniciarse el Juicio Oral y Público con salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso y encontrase el mismo en recepción de pruebas ofertadas por la defensa, devienen en la tutela judicial efectiva, lo que comporta la necesidad del mantenimiento de la medida privativa de libertad para garantizar las resultas de ese Juicio previo y Debido Proceso. Hágase lo conducente.-