Declaró con lugar la solicitud interpuesta por la defensa Pública de la ciudadana: ROSANGELES DEL VALLE VERA CORONADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.807.969,y consecuencialmente acuerda extender el plazo de presentaciones a la precitada ciudadana cada 30 días, ratificando el lugar de cumplimiento, quedando incólume la medida dictada conforme al numeral 6 del Articulo 256 la cual se traduce en la prohibición de comunicarse con la victima, a tal efecto se ordena oficiar al departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines legales consiguiente.