PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional con carácter Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, por UNANIMIDAD; PRIMERO: CONDENA al ciudadano JHONNY OCTAVIO MOISES DIAZ YERBES, venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 18-06-76, de 30 años de edad, Estado Civil soltero, hijo Lea Josefina Díaz (V) y Rafael Díaz (v) de Titular de la Cédula Identidad Nº 13.356.440, de oficios mecánico de chasis y chofer y domiciliado en las Terrazas del oeste casa n° 19, MATURIN, Estado Monagas; a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias contempladas en el Ordinal 1 del artículo 16, de conformidad con lo previsto en el artículo 367 ejusdem, por haberlo hallado CULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente para la fecha d.....