Mediante decisión se declaró INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional, por haber cesado la violación del debido proceso y a la propiedad que se demandó, ya que la Dirección General Sectorial de Servicio de Bienes Nacionales adscritos a la Oficina Nacional de Antidroga, dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada en fecha 22 de Octubre de 2013 por el Tribunal Cuarto de Primera instancia Penal en Funciones de Juicio, e hizo ENTREGA DEL VEHICULO ya descrito al reclamante, debidamente facultado. Hágase lo conducente.-