ACUERDA SUSTITUIR la medida de privación judicial preventiva de libertad ratificada en fecha 03 de Noviembre de 2005 por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra del hoy acusado FERNANDO HUMBERTO BERIA, titular de la cédula de identidad N° V-18.674.775, ampliamente identificado, a quien se le imputa presuntamente la comisión del delito de Homicidio Intencional, tipificado y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión del hecho que nos ocupa, por la medida cautelar sustitutiva contemplada en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; lo cual se traduce en presentaciones cada QUINCE (15) DIAS ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; imponiéndose a su vez del contenido del artículo 260 ejusdem. Todo lo anterior se decidió en base a lo preceptuado en el artículo 244 ibidem.