Mediante decisión se ACORDO LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO a partir de la presente fecha y se le impuso al acusado JULIO ALEXANDER MARTINEZ LARA, titular de la cédula de identidad 15.877.698 las condiciones, establecidas en el artículo 45 de la norma adjetiva penal, numerales 1°, 6° y 8°.-