Se publicó el decreto de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO a partir de la presente fecha y se le impuso a los acusados ROBERTO PIBERNAL GOMEZ y YUBER JOSE PIBERNAL PEREZ las condiciones, establecidas en el artículo 45 de la norma adjetiva penal, numerales 1°, 6° y 8°. Hágase lo conducente.-