Se publicó el decreto de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO a partir de la presente fecha y se le impuso al acusado MANUEL JOSE MOREY titular de la Cedula de Identidad Nro. V-5.985.174, las condiciones, establecidas en el artículo 45 de la norma adjetiva penal, numerales 1°, 8° y 9°. Hágase lo conducente.