En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONDENA al acusado JOSE ROBERTO ACOSTA ARAY, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.404.921, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISION, mas las penas accesoria de ley, por la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores en perjuicio de YOLIERNES HERRERA SPIN y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 de Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano y a acusados HECTOR LUIS HERNANDEZ CAÑA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.825.250 JOSE ANTONIO TORREALBA GOMEZ titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.753.256, y JOSE LUIS VELASQUEZ GUTIERREZ, .....