DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos precedentemente señalados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NIEGA el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado JOSÉ GREGORIO GUZMÁN BRAZÓN. SEGUNDO: El aludido penado puede optar previa solicitud, por la gracia de la Conmutación del resto de la pena impuesta en Confinamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 52 del Código Penal, a partir del 22-05-2006, ya que para esa fecha cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, esto es OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, no obstante haber extinguido el tiempo suficiente de la pena impuesta para optar a las formulas alternativas de cumplimiento de pena, previstas en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo, dado que según el criterio manejado por la Unidad Técnica de Apo.....