DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: La SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado LEOBALDO RAFAEL MARÍN SIERRA, plenamente identificado en el presente asunto, para lo cual quedará sometido a un Régimen de Prueba por el plazo de DOS (2) AÑOS, TRES (3) MESES Y UN (1) DÍA DE PRISIÓN, bajo el estricto cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentarse cada treinta (30) días por ante la Oficina del Servicio del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; 2.- No ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, ni cambiar de domicilio sin previa autorización; 3.- No incurrir en un nuevo delito; 4.- Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas; 5.-Abstenerse de frecuentar lugares de dudosa reputación; 6.- Pre.....