DISPOSITIVA
¿ En mérito de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito judicial Penal del Estado Monagas en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REFORMADO POR CAPTURA el computo de la pena impuesta al penado NOHEL JOSE ROMERO, arriba identificado. SEGUNDO: Por cuanto en fecha 14-08-2005 se produjo por primera vez la detención del penado NOHEL JOSE ROMERO, permaneciendo en dicha condición hasta el 22-11-2007, fecha ésta en la que según las actas procesales, logró evadirse del reten policial de la Dirección de Policía del Estado Monagas, lugar donde se encontraba recluido, permaneciendo privado de su libertad por el lapso de DOS AÑOS, TRES MESES Y OCHO DIAS, y le faltaba por cumplir DIEZ AÑOS, OCHO MESES Y VEINTIDOS DIAS DE PRESIDIO, siendo detenido nuevamente en fecha 28-12-2008, permaneciendo en esas circunstancias hasta la presente fecha, es decir por el lapso.....