Ahora bien, de la pena impuesta al penado LUIS ABRAHAN NARVAEZ, se observa que las medidas alternativas al cumplimiento de la pena y el confinamiento, para el mismo se cumplen en los siguientes períodos:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: al extinguirse un cuarto (1/4) de la pena, esto es al cumplir DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES; es decir a partir del día 29/09/2009 a las 12:00 horas de la noche;
2.- REGIMEN ABIERTO: al cumplir un tercio (1/3) de la pena, es decir, TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES; a partir del día 29/07/2010 a las 12:00 horas de la noche;
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al extinguir las dos terceras (2/3) parte de la pena; a saber, SEIS (06) AÑOS y OCHO (08) MESES, esto es a partir del 29/11/2013 a las 12:00 horas de la noche;
4.- La CONMUTACION DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, al extinguirse las tres cuartas (3/4) partes de la pena, es decir, al lapso de SIETE (07) AÑOS y SEIS (06) MESES; o sea, a partir del día 29/09/201.....