Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; DECLARA PRESCRITA LA PENA y en consecuencia EXTINCION DE LA MISMA; impuesta en su oportunidad al ciudadano NADER ENRIQUE HERRERA, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 29/10/1971, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.340.525, hijo de Amarelys Herrera (v) y Juan Becerra (f), de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Vía Principal, La Cruz de la Paloma, diagonal a la Urb. Juana La Avanzadora, casa s/n, frente a la entrada del local El Chispero, Maturín, Edo. Monagas; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código Penal vigente.
Regístrese, diarícese y déjese copia certificada. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Entidad Federal, al penad.....