Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; NIEGA EL CONFINAMIENTO al penado ALEXIS BETANCOURT, ampliamente identificado en autos, y actualmente recluido en el Internado Judicial de este Estado, por no haber extinguido el lapso para proceder a su otorgamiento.