Ahora bien, verificado que ha transcurrido el tiempo estipulado para el cese de la pena impuesta y revisada la causa constatando que el Tribunal de Juicio considero que efectivamente el acusado había cumplido la pena impuesta, por lo que se acuerdo conceder al momento de dictar la sentencia su Libertad Plena; fundamentos para que éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA al ciudadano MARIO JOSÉ CARVAJAL PLANCHE, venezolano, nacido en Caripito, Estado Monagas, de 33 años de edad por haber nacido en fecha 03-09-1974, , analfabeto, titular de la cédula de identidad Nº 13.582.489, hijo de Zenaida Planche y Margarito Carvajal, domiciliado en Sabaneta, Pueblo Nuevo, casa sin número, Vía Quiriquire, Estado Monagas, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancion.....