Por lo expuesto, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PRESCRIPCION DE LA PENA impuesta por el por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, al Penado HENRY ALEJANDRO ALVAREZ, plenamente identificado ut supra, quien en fecha 10-06-2005, fue condenado a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRAGO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los ordinales 4° y 9° del artículo 453 en concordancia con el 80 y 82 todos del Código Penal Venezolano; todo ello conforme a lo dispuesto en el Artículo 112 Ordinal 1°, Primer y Tercer Aparte ejusdem. En consecuencia, se le concede la LIBERTAD PLENA al Penado HENRY ALEJANDRO ALVAREZ.