SEGUNDO
Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA PENA impuesta por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, al penado OMAR ARTURO SOLANO SALAZAR, venezolano, nacido en fecha 04-02-1979, titular de la cédula de identidad Nº 16.025.999, obrero, hijo de Omar Antonio Solano y de Aura Margarita Salazar, domiciliado en Av. Casacoima frente al Liceo Dionisio López Orijuela S/N, Tucupita Estado Delta, quien en fecha 17 de Julio del año 2003, fuera condenado a sufrir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, todo ello conforme a lo dispuesto en el Artículo 112 Ordinal 1° Primero y Segundo Aparte del Código Penal, en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA al antes referido ciudadano. .....