Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley; ACUERDA LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO al penado TEOFILO RAMON GALLARDO ROMERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.154.656, Natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Sofia Elena Romero (f) y de Teofilo gallardo Guaiquenepe (V)soltero, nacido en fecha 28-02-1969, de 41 años de edad, de profesión u oficio operador de maquinas pesadas, con cuarto gado de instrucción primaria y residenciado en Punta de Mata, calle Monagas, casa N° 90, teléfono 0416-2996400, Estado Monagas, por el lapso de CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES, CATORCE DIAS (14) DIAS y VEINTITRES (23) HORAS; cesando así la pena principal impuesta y confinada, en fecha 25 de Mayo de 2016 a las 11:00 horas de la noche; debiendo residir en el UD 107, Paramaconi, casa si.....