Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA EL CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN del penado JAVIER DARÍO CEBALLOS COA, venezolano, soltero, nacido el 19-10-84, de profesión u oficio Estudiante, con Tercer Año de de Educación Básica, titular de la cédula de identidad Nº 17.090.324, natural de la ciudad de Maturín del Estado Monagas, hijo de María Teresa Coa (v) y Rubén Darío Ceballos (v), y domiciliado en la Urbanización Los Godos, Sector I, Vereda Nº 20, Casa Nº 05, de esta ciudad de Maturín de este mismo Estado, actualmente recluido en el Internado Judicial Penal del Estado Monagas, desde el Internado Judicial de este Estado hasta el domicilio en la siguiente dirección: Vereda 20, casa Nro. 05, Los Godos 1, Frente al Avión de la Avenida El Ejercito, Maturín .....