SE ACUERDA NEGAR LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DENOMINADA DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado FELIX JOSE LOPEZ BRUZUAL, Venezolano, de 18 años de edad, soltero, con cuarto grado de educación básica, nacido en fecha 21/02/1990, Natural de esta Ciudad, hijo de Petra del Carmen López (V) y de Félix José López Bruzual (V), de ocupación u oficio Albañil, C.I. V- 23.534.227, domiciliado en Las Cocuizas Calle 8, Casa sin numero frente a una Bodega, Maturín - Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas; toda vez que el mismo no cumple con los requisitos acumulativos que establece el artículo 500 de nuestra Ley Adjetiva Penal, para tal otorgamiento, en relación con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.