DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR el PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, por quince (15) días con presentación dos (02) veces a la semana Lunes y Viernes dicho permiso no será prorrogable sino presenta una causa de Justificación que deberá ser analizada por este Juzgador, al Penado HENRY JESUS RONDON plenamente identificado UT supra, el cual se hará efectivo una vez el referido ciudadano suscriba el acta de compromiso de condiciones impuestas, y se entreviste con el Juez, todo de conformidad con los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de Centros de Tratamientos Comunitarios; en consecuencia, Líbrese Oficio a la ciudadana Directora del Centro de Tratamiento FRANCISCO DE MIRANDA, a fin de que le sea .....