Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCAR DE OFICIO LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgada al Penado LUIS DANIEL CENTENO RODRIGUEZ , plenamente identificado ut supra, en virtud de encontrarse involucrado en la comisión de un nuevo delito, por cuanto no acato las condiciones establecidas y aceptadas por él al momento de imponerse del beneficio otorgado e incurrir en Falta Gravísima como lo es la encontrarse involucrado en nuevo delito por el cual se le decreta Medida de Privación Judicial.