En mérito de las consideraciones que preceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: La SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la penada ISABEL MARIA SANTIL, plenamente identificado en el presente asunto, para lo cual quedará sometida a un Régimen de Prueba por el plazo de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y DOCE (12) DIAS, el cual comenzará a computarse una vez que haya sido impuesto de la presente decisión, bajo el estricto cumplimiento de las siguientes obligaciones:
1.- Presentarse cada sesenta (60) días por ante la Oficina del Servicio del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
2.- No cambiar de residencia sin la autorización del tribunal.
3.- No incurrir en un nuevo delito.
4.-Abstenerse de frecuentar lugares de dudosa reputación.
5.- Cumplir con las condiciones que le imponga el Delega.....