Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; DECRETA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a favor del penado RUBEN DARIO CALVO MARCANO, venezolano, mayor de edad, Estado Civil: casado, de profesión u oficio Motorizado, natural de Maturín Estado Monagas, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.013.698, domiciliado en la Av. Bella Vista, invasión Buena Vista, sector la Cruz, calle 02, casa No. 16, Maturín Estado Monagas, actualmente se encuentra en el Internado Judicial del Estado Monagas (La Pica); quien deberá pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario "Francisco de Miranda", ubicado en esta ciudad; y cumplir con las obligaciones impuestas, las cuales fueron descritas en el capitulo anterior. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.