DISPOSITIVA
En conclusión evaluados como ha sido todos los alegatos de las partes, y tener el pleno convencimiento de la enfermedad grave que padece el penado JOSE GRABIEL BENTANCOUR RODRIGUEZ, plenamente identificado, por los resultados Médicos que han proporcionado los expertos, anteriormente señalado específicamente el Médico Psiquiatra Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, SUB. DELEGACIÓN CUMANA ESTADO SUCRE, Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decide otorgarle la Libertad Condicional por Medida Humanitaria; al penado entregándoselo en cuido permanente a la ciudadana MODESTA RODRIGUEZ, domiciliada en el sector LOS COCOS CARRERA 10 N° 7, MATURIN ESTADO MONAGAS, PROGENITORA del condenado, quien se compromete a firmar un acta que la trasladara a las consultas al Hospital PSIQUIATRICO "DR. LU.....