Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. "DECLARA" acreedor del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado MARCO ANTONIO FUENTES CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.631.299, Venezolano, Natural de Maturín del Estado Monagas, nacido en fecha 29/09/1978, de 31 años de edad, Con Albañil, Estado Civil: Soltero, hijo de: Erlinda Concepción de Fuentes (V) y de Héctor Fuentes (F), plenamente identificado, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo o estudio, reduciéndose la pena anterior de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, con la redención aquí acordada la misma le queda en OCHO (8) MESES, DIEZ (10) DIAS.....