DISPOSITIVA.
En conclusión por todos los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al Penado MANUEL DE JESUS CANALES ALFONSO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 12.154.615, con residenciado en el sector prado del sur, calle 3 manzana IV N° 4 Maturín Estado Monagas. Por esta llenos los extremos exigidos en el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese Copia Certificada de la Decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio para la participación Popular Interior y Justicia; a la Directora (E) del Centro de Tratamiento Comunitario "Miguel Antonio Blanco Guerra" al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíqu.....