DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, visto el procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, realizado por el adolescente, lo SANCIONA a cumplir la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS PSICOTROPIAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano Remítase la presente causa al Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes, vencido el lapso legal, a los fines de que ejecute dicha sentencia. En Maturín a los.....